Con el fin de apoyar la labor intelectual de sus socios, el Instituto de Cultura Hispánica de Santa Fe , procederá, en la medida de que sus fondos lo permitan, a subsidiar en parte la edición de trabajos que merezcan ser conocidos por el público interesado en la labor cultural de esta Institución. Para tal fin, la Comisión Directiva aprueba el siguiente Reglamento:
1. La obra presentada para su publicación deberá responder a los fines y propósitos del Instituto de Cultura Hispánica de Santa Fe:
a- Mantenimiento de los vínculos de hermandad y espíritu entre todos los pueblos hispánicos;
b- Estudio, defensa y proyección de la cultura hispanoamericana, y en especial dentro de ello, de la lengua española que nos une;
c- Logro de una efectiva vinculación de la vida espiritual de Santa Fe con la cultura hispánica;
d- Robustecimiento de las fuerzas culturales de origen hispánico.
2. Las obras deberán ser un aporte original al tema que aborde y cumplirá con las normas metodológicas que impone la disciplina en la cual se encuadre el trabajo (histórico, literario, sociológico, idiomático, etc.).
3. El Instituto de Cultura Hispánica de Santa Fe aportará la suma de hasta $ 1000 (un mil pesos) al valor actual de la moneda, para la edición de los libros que resulten aprobados, anualmente, por una comisión designada al efecto por la Comisión Directiva, previa aprobación del presupuesto que deberá presentar el interesado.
4. Los integrantes de esa Comisión de Publicaciones podrán solicitar la opinión de consultores autorizados cuando el tema específico lo requiera, con el fin de analizar más profundamente la obra.
5. El autor que acceda a este beneficio no podrá solicitarlo nuevamente, por un período de cinco (5) años.
6. La obra que pretenda ser beneficiada deberá ser presentada antes del 27 de diciembre de cada año, en el local de la Junta de Estudios Históricos, sede de este Instituto, calle Monseñor Zaspe 2861, en el horario de 09:00 a 12:00.
7. Todas las ediciones deberán llevar en la tapa el sello: " Instituto de Cultura Hispánica de Santa Fe".
8. Al autor de la obra la corresponderán los derechos de propiedad intelectual además de los ejemplares correspondientes, teniendo que gestionar por su cuenta y cargo el número del registro ISBN ante autoridades correspondientes. Y, garantizando la autenticidad de la misma, se constituirá como exclusivo responsable en lo civil, administrativo y/o penal frente a terceros, por el falseamiento de tal declaración.
9. El Instituto de Cultura Hispánica tendrá derecho a recibir hasta cien (100) ejemplares de la edición, sin cargo, con el fin de destinarlo a la biblioteca, el archivo y el canje con otros institutos e instituciones.
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